ESTRATEGIA FISCAL PARA EL REINO UNIDO

1. INTRODUCCIÓN

Puig es un grupo multinacional familiar de tercera generación con sede en Barcelona, España. La solidez de Puig reside en su capacidad para crear marcas, adaptar la imagen de estas a través de la moda y traducir esa misma imagen al mundo de las fragancias por medio de grandes historias y la excelencia en los productos.

Desde 1914, el espíritu emprendedor de Puig, su creatividad y su pasión por la innovación la han convertido en una empresa que desafía el mundo de la belleza y la moda. Presente en la moda y en las tres categorías de belleza de prestigio (fragancias, maquillaje y dermocosmética), su cartera de marca genera vinculación gracias a una extraordinaria narrativa que conecta con las emociones de las personas.

La cartera de marcas de Puig está estructurada en tres divisiones: belleza y moda, que incluye las marcas propias Carolina Herrera, Nina Ricci, Paco Rabanne, Jean Paul Gaultier, Dries Van Noten, Penhaligon’s y L’Artisan Parfumeur; las licencias de los perfumes de Christian Louboutin y Comme des Garcons; y fragancias de estilo de vida, entre las que se encuentran Adolfo Domínguez, Antonio Banderas y Benetton. La división Charlotte Tilbury, que incluye la marca de maquillaje de lujo. Y la división Derma, con Apivita, Uriage y la empresa conjunta de Isdin. Los productos de Puig se venden en más de 150 países.

Estas actividades empresariales generan una recaudación y un pago sustanciales de diversos tipos de tributos, que constituyen una parte significativa de la contribución de Puig a la economía del Reino Unido, donde distribuye sus productos. En el año 2015, Puig adquirió Penhaligon’s London, uno de los sellos de fragancias británicas de mayor prestigio, que tiene su propia red minorista y presencia global. Además, en 2020 Puig adquirió una participación mayoritaria de Charlotte Tilbury, una emblemática marca británica de maquillaje y productos para el cuidado de la piel fundada en 2013, con un fuerte posicionamiento online. 


2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ESTRATEGIA FISCAL PARA EL REINO UNIDO

La presente Estrategia fiscal para el Reino Unido (en adelante, la “Estrategia”) resulta aplicable a todas las entidades de propiedad absoluta de Puig domiciliadas en territorio británico, una vez que los órganos de gobernanza de estas la hayan aprobado y adoptado conforme a lo previsto en el ordenamiento jurídico correspondiente, y tiene por objetivo establecer el marco de gobernanza, los principios, los valores, las directrices y las normas que deben guiar el comportamiento en materia tributaria y la toma de decisiones de índole fiscal en el Reino Unido.

La presente Estrategia se encuentra alineada con la Política Fiscal Corporativa del Grupo y, además, con los principios corporativos, la misión o visión, la política de responsabilidad social corporativa y, en especial, con el Código Ético de Puig.

En este contexto y dentro del marco de la responsabilidad social corporativa, Puig promueve un comportamiento tributario responsable tomando en consideración los intereses y el desarrollo económico sostenible de los territorios en los que tiene presencia, velando así por la adecuada aplicación de buenas prácticas tributarias.


3. FINALIDAD Y APROBACIÓN DE LA ESTRATEGIA FISCAL

La Estrategia resultará de aplicación:

  • a todos los impuestos directos, impuestos indirectos e impuestos sobre los rendimientos del trabajo, mobiliarios e inmobiliarios, impuestos locales y demás obligaciones tributarias, que le sean de aplicación globalmente a Puig conforme a la normativa fiscal aplicable en el Reino Unido, así como a todas aquellas obligaciones de divulgación de información que existan con las Autoridades fiscales británicas;
  • al registro contable de los impuestos, tanto a efectos de formulación de cuentas anuales como en los informes periódicos del área financiera;
  • y a las previsiones y proyecciones financieras del área fiscal.

La primera Estrategia Fiscal fue aprobada por el Consejo de Administración de todas las entidades propiedad de Puig domiciliadas en el Reino Unido, habiéndose publicado desde entonces una nueva versión cada año según lo establecido por el artículo 161 y el apartado 19(4) de la Finance Act 2016 (ley Financiera del Reino Unido de 2016). Esta Estrategia Fiscal para 2023 estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023.

Con el fin de obtener una mejora permanente, se revisará periódicamente el cumplimiento por parte de la empresa de los principios y las buenas prácticas contenidos en la presente Estrategia Fiscal, y la propia Estrategia se actualizará en función de las necesidades que puedan identificarse en el futuro, todo ello de conformidad con la normativa tributaria y de otra índole que resulten aplicables.


4. PRINCIPIOS DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO Y DE PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN

La Estrategia pretende asegurar el cumplimiento de la normativa tributaria aplicable en el Reino Unido y la adecuada coordinación de la política fiscal que sigan las entidades pertenecientes a Puig, todo ello de acuerdo con la estrategia empresarial a largo plazo, evitando riesgos e ineficiencias fiscales en sus operaciones, así como en la ejecución de decisiones de negocio.
Las políticas y los valores en los que descansa la presente Estrategia cuentan con el respaldo de los principios corporativos sobre los que se construye Puig y están alineados con los mismos. En consecuencia, la Sociedad ha adoptado los valores del Código Ético como los referentes que deben informar la actuación de todas las entidades de Puig en materia fiscal con las particularidades aplicables en el Reino Unido. La presente Estrategia exige el cumplimiento de los siguientes principios básicos:

(i)    Velar por el cumplimiento de la normativa fiscal aplicable en el Reino Unido, en línea con la actividad desarrollada en este país y fomentar prácticas tributarias responsables.

(ii) Entablar relaciones con autoridades, organismos reguladores y Administraciones Públicas bajo los principios de cooperación y transparencia.

(iii) Gestionar una adecuada coordinación de la política fiscal seguida por las entidades pertenecientes a Puig, tras la aprobación de la presente Estrategia y de conformidad con los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico nacional, mediante la definición e implantación de marcos de revisión y control de la función fiscal.

(iv) Puig tiene un compromiso de respeto con los diferentes territorios donde opera que, Trasladado al ámbito fiscal, esto se traduce en promover una actuación fiscal que tome en consideración los intereses y el desarrollo económico sostenible del Reino Unido en tanto que los tributos son la principal aportación al sostenimiento del sector público británico y, por tanto, una de las contribuciones de Puig a la sociedad de ese país. 

(v)    Combatir el fraude e impulsar medidas de prevención del fraude.

(vi) Informar al Consejo de Administración u órgano de gobierno que corresponda en el Reino Unido sobre las principales implicaciones fiscales de las operaciones o asuntos que se sometan a su aprobación, cuando constituyan un factor relevante o un riesgo significativo.


5. PRINCIPIOS DE PLANIFICACIÓN FISCAL

Puig es consciente de que los impuestos que satisface en el Reino Unido contribuyen de forma esencial al desarrollo y progreso de esta comunidad. En consecuencia, con esta Estrategia, Puig aspira a crear valor para sus accionistas, clientes, empleados y para el resto de grupos de interés de manera sostenible. A tal efecto, las transacciones se realizarán siempre por razones empresariales, de acuerdo con la normativa aplicable, y teniendo en cuenta el posible impacto de sus decisiones en materia tributaria en el Reino Unido.

En cuanto a la planificación fiscal, nuestro apetito de riesgo es bajo en líneas generales y, en particular, respecto a la tributación en el Reino Unido, y nuestro objetivo es asegurarnos de que las decisiones fiscales que tomemos se alineen con la estrategia comercial y con razones empresariales. Sin embargo, igual que ocurre con la aprobación de cualquier gasto de explotación, el principio motor por el que nos regimos es crear valor para nuestros accionistas. Por tanto, nosotros podremos reaccionar ante la concesión de incentivos y exenciones fiscales cuando proceda y por medios que sean acordes con las disposiciones legales y con las directrices que emita la HMRC (Agencia Tributaria del Reino Unido). En caso de que surgiera alguna duda, podremos solicitar asesoramiento fiscal externo respecto a nuestras actividades de planificación fiscal.


6. GOBIERNO Y GESTIÓN DE RIESGOS

Nosotros adoptamos un perfil conservador respecto al riesgo en lo relacionado con la tributación en el Reino Unido, y procuramos gestionar nuestros riesgos a través de las buenas prácticas tributarias recogidas en la presente Estrategia Fiscal.

El Consejo de Administración, a través de su presidente y consejero delegado (CEO), y la alta dirección impulsarán el seguimiento de los principios y las buenas prácticas tributarias recogidos en la presente Estrategia así como de aquellas actividades que tengan una trascendencia notable en el ámbito tributario.

Como parte del proceso de toma de decisiones comerciales, el Consejo determinará el grado de riesgo fiscal que es aceptable en lo relativo a la tributación en el Reino Unido. En caso de cualquier duda, la Sociedad podrá solicitar asesoramiento externo o dirigir las consultas pertinentes a la HMRC.

El Departamento Fiscal de la Sociedad se encargará de coordinar las buenas prácticas tributarias antedichas estableciendo mecanismos de control y las directrices internas correspondientes para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente. La ejecución de dichas prácticas podrá ser asumida por los distintos departamentos que, de forma directa o indirecta, desempeñen funciones vinculadas a los impuestos.

El Departamento Fiscal de la Sociedad se encarga de plantear el enfoque tributario, lo cual incluye identificar, priorizar y supervisar los riesgos fiscales en todo el negocio, así como elevar riesgos fiscales al director financiero (CFO) y al Consejo de Administración, quienes en último término rinden cuentas del desempeño fiscal.

El Departamento de Servicios Compartidos de Puig se encarga del cumplimiento normativo. Se encarga de elevar decisiones sobre riesgos fiscales al Departamento Fiscal de la Sociedad cuando sea pertinente.

Estas tareas suelen englobar a la totalidad de países y territorios en los que Puig se encuentra presente (y, por tanto, también al Reino Unido), y comprende la totalidad de actividades que Puig desarrolla, a los efectos de fomentar una gestión coherente y homogénea de los riesgos fiscales. Dichos departamentos fiscales son responsables de todos los impuestos, con excepción de los impuestos relacionados el personal, de cuya gestión y control se encarga el departamento de RR. HH. 

Igualmente, Puig, bajo la supervisión de la Comisión de Auditoría, adoptará aquellos mecanismos que sean necesarios para controlar el cumplimiento de la normativa tributaria y de los principios descritos en la presente Estrategia por parte de todas las entidades pertenecientes a Puig, con el objetivo de identificar los riesgos y definir e incluir medidas de prevención y corrección, así como procedimientos de control internos.

Por último, todas las personas físicas o jurídicas, así como el resto de áreas y departamentos de Puig, se coordinarán con el Departamento Fiscal de la Sociedad a efectos de informar sobre aquellas acciones u operaciones que puedan tener especial trascendencia fiscal y de formular consultas al respecto.

A los efectos de fomentar un comportamiento fiscal responsable, Puig evalúa la exposición al riesgo fiscal tanto a corto como a largo plazo, de acuerdo con el potencial impacto tanto a nivel económico como reputacional teniendo en consideración a los accionistas, los clientes, los empleados y otras áreas de la organización.

En el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, Puig tiene por objetivo mantener una relación cooperante y adecuada con las Administraciones tributarias del Reino Unido, incluida la HMRC.

Con el propósito de promover el cumplimento de los compromisos que integran los Principios de actuación, Puig ha incorporado en su práctica habitual las siguientes directivas:

(i) Prevención del riesgo fiscal

Dentro de las obligaciones inherentes al desempeño de sus actividades, todas las entidades pertenecientes a Puig, incluidas las entidades domiciliadas en el Reino Unido, se atendrán a una estrategia fiscal basada en las siguientes directrices:

a) Impulsar prácticas encaminadas a la prevención y mitigación de la aparición de riesgos fiscales velando por que el comportamiento fiscal de Puig esté alineado con la estructura y ubicación de las actividades empresariales y los medios humanos y materiales, mediante sistemas internos de información y control.

b) No usar estructuras ajenas a las actividades propias de las entidades de Puig con la única finalidad de reducir la carga fiscal, evadir impuestos o dificultar la labor de las Administraciones tributarias o Autoridades fiscales del Reino Unido.

c) Analizar las consecuencias financieras, legales, contables y de negocio que puedan derivarse de operaciones recurrentes y extraordinarias mediante el establecimiento de canales adecuados de comunicación entre los distintos departamentos.
En particular, Puig velará por lo siguiente:

i. Valorar adecuadamente y con carácter previo las inversiones y operaciones que «a priori» presenten especial trascendencia tributaria y documentar las consecuencias financieras, contables, legales y fiscales que se deriven de las mismas.
 
ii. En todas las transacciones de adquisición de activos, entidades y negocios relevantes, llevar a cabo análisis de «due diligence» y estructurales para identificar y controlar los posibles riesgos fiscales.

d) Definir el marco de actuación para la fijación de los precios de transferencia en operaciones de cualquier índole, así como facilitar mecanismos de control para asegurar que se cumple el principio de igualdad de condiciones («arm’s length principle») en la valoración de mercado. Puig se compromete a cumplir con las obligaciones de documentación en materia de fijación de precios de transferencia que establezca la legislación tributaria del Reino Unido y revisará periódicamente su política de fijación de precios de transferencia a los efectos de actualizarla y adecuarla a la normativa vigente y a las circunstancias del negocio.

e) No constituir ni adquirir sociedades residentes en paraísos fiscales salvo en aquellos supuestos en que existan motivos económicos válidos que lo aconsejen, pero nunca con la mera finalidad de eludir obligaciones tributarias.

f) Reducir el riesgo de entrar en conflictos derivados de la interpretación de la normativa aplicable, por distintos medios, entre los que destacan: (i) hacer uso de los servicios de expertos fiscales independientes de reconocido prestigio; (ii) y, en la medida de lo posible y cuando sea necesario, recurrir a los procedimientos de consultas previas y los acuerdos preexistentes de valoración de precios, de que dispongan las Autoridades fiscales.


7. RELACIONES CON LAS AUTORIDADES FISCALES


Puig promoverá una relación con las Administraciones tributarias o Autoridades fiscales competentes del Reino Unido, incluida la HMRC, que se fundamente en los principios de integridad, respeto, excelencia, confianza y flexibilidad, adoptando para ello las siguientes buenas prácticas:

a) Realizar una interpretación razonable de las normas tributarias y de las disposiciones contenidas en los Tratados internacionales; y, en caso de existir criterios interpretativos fiscales contradictorios, limitar los conflictos con las Autoridades fiscales mediante la confirmación, en la medida de lo posible, del tratamiento fiscal aplicable, usando para ello los instrumentos que ofrece el ordenamiento jurídico (consultas vinculantes, acuerdos previos de valoración de precios, etc.).

b) Asegurar la presentación en tiempo y forma de las declaraciones tributarias exigidas por la normativa fiscal aplicable en el Reino Unido y sus territorios; satisfacer los tributos que resulten exigibles, y aplicar los incentivos fiscales que la normativa nacional prevea y que resulten aplicables a las actividades que Puig desempeñe.

c) Cumplir con claridad, con precisión y en su integridad con las solicitudes de información y documentación fiscales y con los requerimientos de auditorías o inspecciones fiscales que soliciten las Administraciones tributarias del Reino Unido.

Además, Puig mantendrá a la HMRC informada de cualquier cambio y acontecimiento pertinentes que se registren en el negocio.